BASES LEGALES – ACTIVACIÓN “OASIS GRAN CANARIA” – IBERIA EXPRESS

09/10/25

Categoría | Concursos

BASE 1. Compañía organizadora y finalidad de la promoción

La activación “OASIS GRAN CANARIA” es una acción promocional organizada por la Compañía Operadora de Corto y Medio Radio IBERIA EXPRESS, S.A. (Sociedad Unipersonal), inscrita en el Registro Mercantil de Madrid al Tomo 29.263, Folio 10, Sección 8ª, Hoja M-526805 con CIF A86312691 y con domicilio social en C/ Alcañiz, 23, Madrid, España (en adelante, IBERIA EXPRESS). El objetivo de esta acción es fomentar la participación e interacción de los asistentes en el stand de IBERIA EXPRESS “Oasis Gran Canaria”, ubicado en la planta 1 del Centro Comercial Plaza Norte II, Pl. del Comercio, 11-12, 28703 San Sebastián de los Reyes, Madrid.

BASE 2. Requisitos de participación

La presente promoción (en adelante, la “Promoción”) está dirigida exclusivamente a las personas físicas mayores de edad que asistan al stand los días 10, 11 y 12 octubre de 2025 y que, además, sean miembros del Club Express.

Sin embargo, no podrán participar en la Promoción los empleados de cualquiera de las empresas del grupo al que pertenece IBERIA EXPRESS, sus respectivos familiares, ascendientes, descendientes, cónyuges o parejas de hecho.

La identidad de los participantes se podrá comprobar, en su caso, a través de documentos oficiales (DNI, pasaporte, Carné de conducir, etc.).

Quedará expulsado de la Promoción aquel participante que trate de alterar ilegalmente su registro o participación, falseando el resultado de éstos o utilizando métodos de participación fraudulentos, mediante cualquier procedimiento, técnico o informático que atente o vulnere en modo alguno las presentes Bases.

BASE 3. Ámbito temporal de la Promoción

El plazo para participar en la Promoción comenzará el día 10 de octubre y finalizará el día 12 de octubre de 2025, en los horarios en los que permanezca abierto el stand de IBERIA EXPRESS: desde las 12:00 hasta las 20:00 los tres días. Hora peninsular

BASE 4. Mecánica de la Promoción

Para poder participar en la Promoción, además de cumplir con los requisitos previstos en la Base 2, los participantes deberán seguir las siguientes indicaciones:

Los participantes que ya fueran miembros del Club Express deberán de mostrar el inicio de sesión al personal de IBERIA EXPRESS que se encuentre en el stand. Para aquellos que no sean miembros del Club Express, el personal de IBERIA EXPRESS facilitará un código QR en el propio stand para realizar la inscripción y registro.

Una vez comprobada su pertenencia al Club Express, a cada participante se le entrega una “tarjeta de embarque” que le dará acceso al stand, donde podrá acceder, de forma individual al simulador de surf instalado en el stand, en el que, durante un tiempo máximo de 90 segundos, deberá “surfear” para obtener su puntuación. Se le dará la oportunidad de surfear 2 olas para quedarse con la puntuación de la mejor.

Al finalizar la actividad, cada participante deberá registrar su nombre o apodo para poder dejar un registro de su puntuación en el ranking diario.

BASE 5. Descripción del premio

El premio de la Promoción (en adelante el “Premio”) consiste en la entrega de un (1) vuelo de ida y vuelta para dos (2) personas en clase Turista con origen MADRID y destino GRAN CANARIA, operado por IBERIA EXPRESS para aquellos participantes que hayan obtenido la mejor clasificación en el ranking de cada día, habiendo un total de tres (3) ganadores durante la Promoción.

El Premio podrá disfrutarse hasta el día 19 de junio de 2026, fecha en cuya validez expira.

El ganador tendrá que solicitar su Premio con al menos quince (15) días de antelación respecto de la fecha elegida para volar. El canje del Premio estará sujeto a la disponibilidad de plazas promocionales en el vuelo que haya solicitado.

El ganador será informado de la disponibilidad de plazas promocionales una vez haya hecho la petición. La disponibilidad de plazas a la venta en www.iberiaexpress.com no implica la disponibilidad de plazas promocionales en el vuelo.

La utilización de estos vuelos estará condicionada a las siguientes fechas de restricción, en las cuales no será posible su canje:

  • 13 y 14 de octubre de 2025
  • Del 1 al 3 de noviembre de 2025
  • 7, 8 y 10 de noviembre de 2025
  • Del 4 al 6 de diciembre de 2025
  • 8 y 9 de diciembre de 2025
  • Del 18 al 31 de diciembre de 2025
  • 1 al 12 de enero de 2026
  • Del 26 al 28 de marzo de 2026
  • 1 y 2 de abril de 2026
  • Del 5 al 7 de abril de 2026
  • Del 30 de abril al 1 de mayo de 2026
  • 3 y 4 de mayo de 2026
  • 14 y 15 de mayo de 2026
  • 17 y 18 de mayo de 2026

IBERIA EXPRESS no se responsabilizará ni se hará cargo de ningún gasto extra asociado al Premio, como puede ser el traslado al aeropuerto o el hospedaje en la ciudad de destino.

El Premio, en ninguna circunstancia, podrá ser objeto de venta, reventa, subasta o comercialización de cualquier tipo. El Premio es nominal e intransferible.

El Premio, en ningún caso, podrá ser canjeado por su importe en metálico, cambiado, alterado, compensado por otro o, transferido a un tercero, salvo que exista acuerdo por escrito entre IBERIA EXPRESS y el premiado.

En caso de fuerza mayor o circunstancias sobrevenidas que impidan el correcto disfrute del Premio, IBERIA EXPRESS se reserva el derecho a sustituir el Premio por otro de similares características al previsto.

BASE 6. Entrega y comunicación del Premio

Los ganadores del Premio serán comunicados por correo electrónico desde la dirección marketing@iberiaexpress.com, durante la semana del 13 de al 19 de octubre de 2025.

IBERIA EXPRESS se reserva el derecho a no tener en consideración aquellas participaciones –y a anularlas en el caso de que alguna de ellas hubiera resultado ganadora del Premio– que a su juicio muestren indicios de un posible fraude, y a modo enunciativo, pero no limitativo, participaciones automatizadas a través de terceros, participaciones en las que se aprecien datos incompletos, inexactos o falsos, participación indiscriminada desde un mismo dispositivo, participación organizada y profesionalizada que ponga en riesgo los fines de la Promoción o la igualdad de condiciones de los participantes.

Hecha la comunicación vía correo electrónico, el ganador deberá aceptar el Premio dentro de los siguientes siete (7) días hábiles de la comunicación, y comunicar por el mismo medio a IBERIA EXPRESS todos los datos necesarios para hacer efectivo el Premio. Para poder disfrutar del Premio, el premiado está obligados a facilitar a IBERIA EXPRESS: (i) su nombre y apellidos, (ii) su DNI o título equivalente y (ii) un correo electrónico de contacto.

En caso de falta de aceptación del Premio en las condiciones previstas anteriormente, se entenderá que el ganador renuncia al Premio y este quedará desierto.

BASE 7. Reservas y limitaciones

IBERIA EXPRESS no asumirá responsabilidad alguna por daños y perjuicios de cualquier tipo debidos, a título enunciativo, pero no limitativo, a cualquiera de las siguientes causas: (i) supuestos de fuerza mayor; (ii) interrupciones en el normal funcionamiento de las conexiones de las redes nacionales de Internet o incidencias, entre otras, de interoperabilidad o interconexión; (iii) problemas técnicos propios de las redes de Internet; (iv) problemas de transmisión no imputables directamente a IBERIA EXPRESS; así como (v) actos externos de mala fe o a cualesquiera otros sucesos que sean ajenos a su voluntad y control.

IBERIA EXPRESS no se hace responsable de las posibles pérdidas, irregularidades o defectos en relación con las cuentas de correo electrónico de los participantes. Aquellas direcciones de correo electrónico que tengan alguna irregularidad o no puedan ser legibles, no se computarán como válidas a efectos de la presente Promoción.

IBERIA EXPRESS se reserva el derecho a efectuar cambios que redunden en el buen fin de la Promoción cuando concurra causa justa o motivos de fuerza mayor que impidan llevarla a término en la forma en que recogen las presentes Bases.

IBERIA EXPRESS se reserva el derecho a expulsar de la Promoción y a eliminar del Club Express, sin justificación alguna, a cualquier participante que no respete las presentes Bases o que publique cualquier contenido difamatorio, injurioso, obsceno, amenazador, xenófobo, que incite a la violencia, sea discriminatorio o que de cualquier otra forma atente contra la moral, el orden público, el honor, la intimidad o la imagen de terceros. En caso de que el Premio ya hubiese sido entregado, IBERIA EXPRESS se reservan el derecho a revocarlo.

BASE 8. Derechos de imagen  

Los participantes autorizan a reproducir, utilizar y difundir su imagen, nombre y apellidos por cualquier medio, en las promociones de IBERIA EXPRESS durante los treinta (30) días hábiles siguientes a la fecha de comunicación de los ganadores del Premio, sin que dichas actividades les confieran derecho de remuneración o beneficio alguno. Transcurrido dicho plazo, IBERIA EXPRESS no realizará nuevas publicaciones o comunicaciones que incluyan la identidad (incluida la imagen) de los participantes, pero mantendrá en sus perfiles de redes sociales las realizadas con anterioridad.

BASE 9. Datos personales

Para el desarrollo de la presente Promoción, IBERIA EXPRESS recogerá y tratará datos adicionales a los que ya tiene en su base de datos del Club Express, concretamente la imagen de todos los participantes, que podrá ser captada durante el desarrollo de la Promoción.

Estos datos serán recogidos y tratados por IBERIA EXPRESS, en calidad de responsable del tratamiento y se tratarán con la estricta finalidad de divulgar y promocionar la marca IBERIA EXPRESS. La base legal que legitima el tratamiento de los datos de los participantes es el consentimiento expreso.

A efectos de participación, será necesario acreditar la pertenencia al Club Express y firmar la cesión de derechos de imagen en el momento de la inscripción en la Promoción. Los participantes no podrán participar en la Promoción si previamente no facilitan los datos solicitados en el registro del Club Express.

En caso de resultar ganador del Premio, el tratamiento de los datos se realizará con la finalidad de gestionar adecuadamente la comunicación y disfrute del Premio. La base legal que legitima el tratamiento de los datos del ganador es la necesidad para poder ejecutar el contrato.

IBERIA EXPRESS conservará los datos de los participantes por el tiempo necesario para llevar a cabo la Promoción. Concluida ésta, los mantendrá en sus sistemas durante el plazo de pertenencia al Club Express o el período legal necesario a efectos de atender posibles responsabilidades.  Si quieres obtener más información sobre cómo tratamos tus datos, puedes consultar nuestra Política de Privacidad en www.iberiaexpress.com.

Los participantes garantizan la autenticidad, veracidad y exactitud de todos aquellos datos que comuniquen y, en su caso, se comprometen a mantenerlos actualizados, siendo responsables de cualquier daño o perjuicio, directo o indirecto, que pudiera ocasionarse a IBERIA EXPRESS o a terceros por la aportación de datos incompletos, inexactos o falsos.

Los participantes tienen derecho a acceder, rectificar, cancelar, suprimir, oponerse al tratamiento de los datos, solicitar la portabilidad y a la limitación de su tratamiento, así como a ejercer el resto de los derechos que se reconocen en la normativa vigente en materia de protección de datos, en los términos legalmente previstos, dirigiéndose por correo electrónico a dpo@iberiaexpress.com, aportando fotocopia de su DNI o documento equivalente y concretando su solicitud.

En todo caso, los participantes pueden presentar las reclamaciones que consideren oportunas ante la Agencia Española de Protección de Datos (www.agpd.es).

BASE 10. Fiscalidad

Al Premio de la Promoción le será de aplicación la Ley 35/2006 de 28 de noviembre por la que se aprueba el Impuesto sobre la Renta de las Persona Físicas y de modificación parcial de las Leyes sobre los Impuestos de Sociedades, sobre la Renta de no residentes y sobre el patrimonio; en virtud de las cuales, los premios concedidos por la participación en juegos, concursos, rifas o combinaciones aleatorias, estén o no vinculados a la oferta, promoción o venta de determinados bienes, productos o servicios están sujetos a retención o ingreso a cuenta siempre que la base de retención del premio sea superior a 300 euros.

IBERIA EXPRESS ingresará, si procede, en la Hacienda Pública, las cantidades retenidas en nombre del ganador, obligándose, asimismo, al cumplimiento de las obligaciones de información a la Agencia Tributaria y al ganador derivadas de la concesión del Premio. Dicha retención o ingreso a cuenta, en el caso de que proceda, correrá a cargo de IBERIA EXPRESS y, por lo tanto, constituirá más valor del Premio. Por su parte, el Premio obtenido en la presente Promoción quedará sujeto a las pertinentes obligaciones fiscales en la declaración del Impuesto sobre la Renta de las personas físicas del ganador.

El Premio sólo será válido para personas físicas, quedando excluidas expresamente de este sorteo la participación de personas jurídicas.

La cumplimentación de los datos personales de carácter fiscal del ganador necesarios para la entrega del Premio tiene carácter obligatorio, de forma que la ausencia de cualquiera de dichos datos supondrá la pérdida del derecho al Premio obtenido.

BASE 11. Legislación aplicable

Las presentes Bases de la Promoción se rigen por las leyes españolas. Todo litigio, discrepancia, cuestión o reclamación resultantes de la ejecución o interpretación de estas Bases será resuelta por los Juzgados y Tribunales de Madrid Capital, renunciando el reclamante a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles.

BASE 12. Aceptación de las Bases

La participación en la Promoción supone la aceptación íntegra e incondicional de las presentes Bases. Cualquier pregunta, comentario o queja en relación con la Promoción deberá remitirse a IBERIA EXPRESS a través de la siguiente dirección de correo electrónico: marketing@iberiaexpress.com.

IBERIA EXPRESS se reserva el derecho de excluir a cualquier participante que haga un uso indebido de la Promoción o que de cualquier otra forma incumpla las presentes Bases, quedando la organizadora liberada del cumplimiento de los compromisos u obligaciones que, en su caso, haya contraído con dicho participante.